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julio 9, 2020

Decreto 70-2020, No. 35,300 del 1° de julio del 2020: “Decreto: Artículo 1: Reformar los Artículos 116 y 117 de la Ley del RNP, contenida en el Decreto No. 62-2004 el que de ahora en adelante debe leerse de la manera siguiente:…“Artículo 117.- Exoneración. El RNP queda exonerado del pago de toda clase de impuestos, tasas, sobretasas y derechos consulares, tanto nacionales como municipales, en todos los actos y contratos que realice o celebre, así como sobre los bienes y servicios que adquiera.”…”;.

junio 11, 2020

Decreto 29-2020 No 35,198, del 12 de marzo 2020, Las personas naturales y jurídicas no están sujetas al pago del Impuesto Sobre Ventas e “Impuesto Producción y Consumo” en la compra local e importaciones de materias primas, insumos, material de empaque y envases necesarios para la fabricación de productos sanitizantes y medicamentos para atender la emergencia sanitaria y combatir los efectos del probable riesgo de infección por CORONAVIRUS