Firma Electrónica Avanzada
La firma electrónica avanzada es un instrumento que establece mecanismos de seguridad e integridad sobre un mensaje de datos, que vinculan e identifican al firmante, asi como en su caso, a la presentación de servicios adicionales, tales como garantizar la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos o garantizar el momento de la expedición para los fines que el interesado considere necesario.
- Preguntas frecuentes
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- Normativa
1¿La firma se tendrá que renovar?
La firma tiene 3 años de validez según las políticas actuales. Se tendría que renovar en caso de vencimiento o si se ha hecho una revocación.
2¿Si es necesario renovarla tendría que pagar de nuevo?
En cada renovación, por el caso que sea, se tendrá que pagar el monto establecido.
3¿Con la firma electrónica se tendrá que pagar los L200 por actos administrativos?
No. Este es un servicio ofrecido y no acto administrativo.
4¿Por qué hay que pagar por el servicio de la firma electrónica?
La Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad social y Racionalización del Gasto Público habilita a la Administración Tributaria en su numeral 4 a realizar cobro por prestación de servicios varios. De igual manera, la ley de firma electrónica establece que la remuneración será libremente establecida. Cabe mencionar que los costos han sido establecidos pensando en la economía de la población, ya que estos valores son inferiores a lo que cobran otras Autoridades Certificadoras.
5¿La firma electrónica solo se usará para trámites tributarios del SAR?
También tiene vigencia nacional como internacionalmente y puede ser usada en cualquier institución pública o privada, así lo establece la Ley de Firma Electrónica.
6¿Cuál es la base legal para la firma electrónica?
Existe la ley de Firma Electrónica, Decreto legislativo número 149-2013 publicado en el diario Oficial la Gaceta número 33,301 y el Reglamento de Firma Electrónica, Decreto Ejecutivo número 41-2014 publicado en el diario Oficial la Gaceta número 33,735.
7¿Qué pasa si olvido mi contraseña de la Firma Electrónica?
En caso de olvido de la contraseña deberá abocarse a la Administración Tributaria a solicitar la revocación de su certificado anterior e iniciar el proceso de generación de un certificado nuevo, ya que en cumplimiento con los estándares de seguridad internacionales esta contraseña privada no se guarda en ningún repositorio de la Administración Tributaria.
8¿Qué necesito para solicitar la Firma Electrónica por primera vez?
R/ Los requisitos están establecidos en las respectivas políticas de certificación de Firma Electrónica y son variables según el tipo de persona (Natural o Jurídica) que solicita el certificado; estas políticas se publicarán en la página web del SAR https://www.sar.gob.hn/firmaelectronica/ una vez que este servicio empiece a prestarse a la población. Sin embargo, estos requisitos son sencillos; por decir algunos, para Persona Natural solo la DNI y recibo de pago, sin embargo estos pueden cambiar y se comunicarán claramente una vez que se empiece a prestar el servicio.
9¿Puedo compartir mi Firma Electrónica con otra persona?
No es permitido compartir la contraseña. Esta es una de las prohibiciones establecidas para el uso de los certificados de firma y también es una causal de revocación del certificado. Si se comparte la contraseña, otra persona podría firmar cualquier actuación en su nombre, lo que es sumamente riesgoso.
10¿Cómo se garantiza la seguridad de mi Firma Electrónica?
Para la emisión de los certificados de firma electrónica se cumplen diferentes estándares internacionales de seguridad informática. Se trabaja continuamente para obtener nuevos y más exigentes estándares. La validación de cada documento firmado mediante Firma Electrónica se realiza en tiempo real con nuestros servidores, y el software de validación, como Adobe Reader, da un mensaje que indica si la firma del documento es válida o no.
11¿Cuál es el costo del servicio de Firma Electrónica?
El costo varía según el tipo de contribuyente:
- Grandes Contribuyentes: L 1,500
- Medianos Contribuyentes: L 700
- Pequeños Contribuyentes: L 350
12¿Qué pasa si mi Firma Electrónica es revocada?
Se debe iniciar nuevamente el proceso de generación de un certificado nuevo.
13¿Cómo puedo saber si mi Firma Electrónica ha sido activada correctamente?
La firma electrónica es válida desde el momento de su emisión hasta su vencimiento, suspensión o revocación; no pasa por una etapa de activación. El software de firma indica la validez de la firma con la respuesta que ha obtenido de nuestros servidores.
14¿Puedo usar la Firma Electrónica en dispositivos móviles?
Con el software adecuado, sí es posible usarla en dispositivos móviles. Cabe mencionar que este certificado cumple con estándares internacionales, por lo cual puede ser usado para cualquier documento electrónico con validez nacional e internacional.
15¿Cuánto tiempo tarda el proceso de activación de la Firma Electrónica?
La generación del certificado de firma electrónica es sumamente rápida. Se debe presentar la documentación requerida en la administración tributaria, se digita la información, se registra la contraseña privada y luego llegará un URL al correo para descargar el certificado, ya listo para configurar en los dispositivos elegidos.
16¿Es obligatoria la Firma Electrónica para todos los contribuyentes?
No es un servicio obligatorio. Esta modalidad de firma facilita la interacción con cualquier institución pública, privada, nacional o internacional, reduciendo costos y tiempo. Si una persona decide no obtener el servicio, podrá realizar sus gestiones de la manera habitual.
17¿Qué es una Infraestructura de Clave Pública (PKI)?
Es el sistema constituido por las Autoridades de Certificación (CA), Autoridades de Registro (RA), Autoridades de Validación (VA) y otros servicios relacionados con la gestión de los certificados y que se encuentran bajo el control de un Proveedor de Servicios de Certificación.
18¿Qué es una Autoridad de Certificación Raíz?
Es la entidad encargada de la emisión, firmado y gestión de los certificados digitales. La SAR-PKI será la designada para realizar la emisión de los certificados, regida bajo el Certificado Raíz. El Certificado raíz consiste en un certificado auto firmado en el cual se inicia la cadena de confianza.
16¿Qué es una Infraestructura de Clave Pública (PKI)?
Es el sistema constituido por las Autoridades de Certificación (CA), Autoridades de Registro (RA), Autoridades de Validación (VA) y otros servicios relacionados con la gestión de los certificados y que se encuentran bajo el control de un Proveedor de Servicios de Certificación.
17¿Qué es una Autoridad de Certificación Raíz?
Es la entidad encargada de la emisión, firmado y gestión de los certificados digitales. La SAR-PKI será la designada para realizar la emisión de los certificados, regida bajo el Certificado Raíz. El Certificado raíz consiste en un certificado auto firmado en el cual se inicia la cadena de confianza.
18¿Qué es una Autoridad de Registro?
Es el órgano designado por la Autoridad Administrativa Competente (AAC) para realizar recepción de solicitudes, validación de información y aprobación de emisión de los Certificados Electrónicos. Es la entidad encargada de:
- Tramitar las solicitudes de certificados.
- Identificar al solicitante y comprobar que cumple con los requisitos necesarios para la solicitud de los certificados.
- Validar las circunstancias personales de la persona que constará como firmante del certificado.
- Gestionar la generación de claves y la emisión del certificado.
- Hacer entrega del certificado al suscriptor.
19¿Qué es un certificado Digital?
Es un documento digital que vincula la identidad de una persona física o jurídica con una clave pública, vinculada a su vez a otra privada.
20¿Qué es la Declaración de Prácticas de Certificación?
Es un documento que describe la línea base del funcionamiento de la Autoridad de Certificación, el ámbito de certificación, los posibles usos de los certificados, las responsabilidades que asume la Autoridad de Certificación y las que deben asumir los titulares de los certificados. Describe también las medidas técnicas y de seguridad empleadas para la generación de los certificados digitales. Este es un documento público, se puede descargar en este sitio Web.
21¿Qué es una Política de Certificación?
Es un documento que detalla al de Declaración de Prácticas de Certificación para un tipo de certificado concreto, vinculado a una aplicación o servicio determinado. Las Políticas de Certificación para el caso de la Autoridad de Certificación también se encuentran publicadas en este sitio web.
22¿Qué es una Lista de Certificados Revocados (CRL)?
Es una lista de los certificados que, por algún motivo, han dejado de ser válidos de manera previa a la expiración de su periodo de validez original, y en los que no se debe confiar.
23¿Qué es una Firma Electrónica?
Es un documento electrónico obtenido a partir del documento original y de las claves del firmante. El proceso que se utiliza para la firma electrónica es el siguiente:

- El usuario dispone de un documento electrónico (una hoja de cálculo, un pdf, un documento Word, etc) y de un certificado que le pertenece y le identifica.
- La aplicación o dispositivo digital utilizados para la firma realiza un resumen del documento. El resumen de un documento de gran tamaño puede llegar a ser tan solo de unas líneas. Este resumen es único y cualquier modificación del documento implica también una modificación del resumen.
- La aplicación utiliza la clave privada para codificar el resumen.
- La aplicación crea otro documento electrónico que contiene ese resumen codificado. Este nuevo documento es la firma electrónica.
24¿Cómo puedo ver una firma?
La firma electrónica puede verse mediante la utilización de una aplicación capaz de tratar la forma en que está almacenada. No obstante, lo interesante es poder comprobar la firma digital, que es una operación consistente en descifrar la firma utilizando la clave pública, complementaria a la empleada para su generación, y comparar el resumen de la información cifrada.
25¿Puedo enviar mi firma sin peligro de que la copien para suplantarme?
Puesto que la firma depende de la clave privada del signatario, no se podrá llevar a cabo ninguna suplantación mientras esa clave se mantenga segura.