Formato IG-IT-022
Tipo de Denuncia: ReferenciadaAnónima
Para la oportuna y correcta gestión de la denuncia para el combate de Delitos Tributarios, la denuncia deberá contener lo establecido en el artículo 270 del código procesal penal, recordando la responsabilidad de presentar denuncias falsas.
Ver contenido del artículo 270 y 271 del código procesal penal (Ver Documento)
Para una correcta gestión de su denuncia y de necesitar abundar en los hechos denunciados, si así lo desea el denunciante, podrá adjuntar un archivo con un correo electrónico y/o número telefónico, los datos serán de uso exclusivo de la Inspectoría General del SAR, comprometiéndonos a mantener la confidencialidad de los mismos.
Adjuntar Archivo (s) que sustenta la denuncia: :
Formato IG-II-016
Se le informa al denunciante que interponer denuncias falsas puede ser constitutivo de delito según lo establecido en el artículo 271 del código procesal penal.
Ver contenido del artículo 271 del código procesal penal (Ver Documento)
Adjuntar Archivo (s) que sustenta la denuncia:
Los obligados tributarios deben extender documentos fiscales por las actividades que realicen y hacerlos en la forma que permita identificar a quien los expida y en su caso reciba y, la operación de que se trate de acuerdo con lo que al efecto establezcan las leyes o los reglamentos tributarios y aduaneros (Artículo 65 del Código Tributario).
El incumplimiento de esta obligación constituye una falta tributaria que debe ser sancionada conforme a lo dispuesto en los Artículos 160 y 161 del Código Tributario.
Para una correcta gestión de su denuncia y de necesitar información adicional a la brindada en los hechos denunciados, si así lo desea el denunciante, puede colocar un correo electrónico y/o número telefónico que serán de uso exclusivo del Departamento de Fedatarios Fiscales del Servicio de Administración de Rentas (SAR), comprometiéndonos a mantener la confidencialidad de estos.