Miércoles 06 de septiembre, 2023
OEA recomienda al Gobierno de Honduras poner fin a Exoneraciones obtenidas ilegalmente
La Organización de los Estados Americanos (OEA) recomendó al Estado de Honduras implementar las medidas necesarias para poner fin a las exoneraciones obtenidas mediante actos de corrupción. El costo de las exoneraciones para Honduras es un lastre para las finanzas públicas considerando que, entre 2009-2021, fueron otorgados más de L451,000 millones en exoneraciones y exenciones, beneficiando principalmente a un reducido grupo de empresas. La corrupción público-privada en materia fiscal ha sido denunciada por la Presidenta Xiomara Castro, quien el pasado 1 de septiembre declaró “no cesaré en mi lucha por refundar Honduras ante una clase política que representa los intereses bastardos de quienes no quieren pagar impuestos y eluden la aprobación de la Ley de Justicia Tributaria”.
En los últimos años las temáticas referentes a contratos lesivos contra el interés público, exoneraciones aprobadas ilegalmente y corrupción en materia fiscal han estado en la agenda de discusión de los países de la región. En el marco de los esfuerzos regionales anticorrupción, la Organización de los Estados Americanos (OEA) ha trabajado en fortalecer la Convención Interamericana contra la Corrupción, tratado que nace con el objetivo de prevenir y combatir este flagelo en los países de América.
En el marco de esta Convención, el Comité de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) realizó una evaluación sobre la corrupción en las exoneraciones fiscales en Honduras. Para ello, se analizó el marco jurídico, las principales políticas en materia tributaria e información provista por instituciones públicas y otros actores. Las conclusiones elaboradas por el Comité de Expertos están en consonancia con las propuestas desarrolladas por el Gobierno de la Presidenta Castro en materia de combate a la corrupción público-privada.
En su informe, el Comité elaboró un total de 17 recomendaciones orientadas al combate de la corrupción en las exoneraciones fiscales, entre las principales destacan:
• La OEA recomienda adoptar leyes y mecanismos para prohibir el otorgamiento de exoneraciones recibidas, tanto por personas como empresas, mediante actos de corrupción.
• Se recomienda establecer lineamientos que permitan revisar las exoneraciones con el propósito de corroborar que están siendo utilizadas para los fines apropiados, además de verificar la información provista por los beneficiados.
• Diseñar e implementar medidas para que las autoridades tributarias puedan acceder a las fuentes de información necesarias, incluyendo la financiera, para verificar y constatar que los beneficiados de las exoneraciones hagan un uso apropiado de las mismas.
• Desarrollar programas y sistemas informáticos para combatir la corrupción en el uso de las exoneraciones, mediante la corroboración datos, creación de alertas en materia fiscal y medidas de fiscalización contra las personas y empresas vinculadas a actos de corrupción.
• Fortalecer la capacitación, formación y actualización de los funcionarios públicos en el circuito tributario sobre las modalidades utilizadas para disfrazar pagos por corrupción en las exoneraciones.
• Elaborar y difundir información estadística, detallada y compilada anualmente sobre las exoneraciones, enfatizando en su otorgamiento, irregularidades encontradas, montos otorgados, beneficiarios, entre otros.
• Promover la cooperación interinstitucional entre las instituciones de la administración tributaria y aduanera con el propósito de fortalecer la revisión y verificación de la información provista por los beneficiarios de las exoneraciones.
La lucha contra la corrupción es una de las principales propuestas del Gobierno, reconociendo el papel desempeñado por las exoneraciones en prácticas ilegales y corruptas en pasadas administraciones. Como lo ha señalado la Ministra de la Secretaría de Finanzas (SEFIN), Rixi Moncada “las exoneraciones son una fase de la corrupción estructural que hay que combatir”. La totalidad de las recomendaciones elaboradas por la OEA están en alineadas con las principales medidas dirigidas por el Gobierno para frenar la corrupción público-privada. Entre estas medidas destaca la Ley de Justicia Tributaria, la cual “Es contra la corrupción y los abusos, no es contra la empresa privada, no es contra los empresarios”, como lo ha expresado Marlon Ochoa, Ministro Director del Servicio de Administración de Rentas (SAR).
El compromiso en la lucha y combate a la corrupción ha quedado evidenciado en distintas acciones implementadas desde el Poder Ejecutivo y Legislativo. En primer lugar, se han dado pasos importantes para materializar la llegada de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Honduras (CICIH) a Honduras. En segundo lugar, en estos dos años se han derogado, en el Congreso Nacional, leyes que legalizaban la impunidad como lo fueron Fondo Departamental Decreto No. 116-2019 y el Decreto No. 57-2020 que impedía al Ministerio Público actuar en casos de corrupción. En tercer lugar, también se derogó el Decreto No. No. 418-2013, que contenía la Ley de Secretos.
En cuarto lugar, la Ley de Justicia Tributaria establece una serie de medidas para combatir la corrupción contenida en las exoneraciones, entre las que destacan: derogación de los regímenes de exoneración; creación de dos nuevos regímenes fiscales bajo las normas internacionales; ratificar la Convención de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (MAAC) y crear la Ley de Beneficiario Final. Estas medidas contenidas en la Ley de Justicia Tributaria cumplen estándares internacionales, que cuenta con el respaldo de organismos internacionales como el Fondo Monetario internacional (FMI) y Banco Interamericano de Desarrollo (BID). En consecuencia, las recomendaciones de la OEA se encuentran en sintonía con la amplia agenda que tiene el Gobierno de la República en materia de lucha anticorrupción.
Enlace al informe completo:
https://www.tsc.gob.hn/web/CICC/informes/INFORME_SEXTA_RONDA.pdf
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