Acuerdo Numero 172-2022, numero 35,877 de fecha 19 de marzo 2022, contentivo de El Impuesto de Producción y Consumo que recae sobre los Cigarrillos, Bebidas Gaseosas, Bebidas Alcohólicas y Otras Bebidas Preparadas o Fermentadas, Alcohol Etílico sin Desnaturalizar con Grado Alcohólico Volumétrico Superior o Igual al 80% y Alcohol Etílico y Alcohol Desnaturalizado de cualquier graduación, debe ser ajustado conforme a variación interanual del Índice de Precios al Consumidor a diciembre de 2020 emitido por el Banco Central de Honduras (BCH), el cual asciende a cinco punto treinta y dos por ciento (5.32%).
Acuerdo Numero 172-2022, numero 35,877 de fecha 19 de marzo 2022, contentivo de El Impuesto de Producción y Consumo que recae sobre los Cigarrillos, Bebidas Gaseosas, Bebidas Alcohólicas y Otras Bebidas Preparadas o Fermentadas, Alcohol Etílico sin Desnaturalizar con Grado Alcohólico Volumétrico Superior o Igual al 80% y Alcohol Etílico y Alcohol Desnaturalizado de cualquier graduación, debe ser ajustado conforme a variación interanual del Índice de Precios al Consumidor a diciembre de 2020 emitido por el Banco Central de Honduras (BCH), el cual asciende a cinco punto treinta y dos por ciento (5.32%).