NOTA DE PRENSA DRP SAR 052-2021
Martes 28 de septiembre de 2021
Este jueves vence el plazo para cumplir con segunda cuota de pagos a cuenta
El plazo para cumplir con el pago de la segunda cuota de pagos a cuenta del Impuesto Sobre la Renta y Aportación Solidaria, vence la media noche de este jueves 30 de septiembre, por lo que los contribuyentes que están sujetos a ese régimen deben saldar esa cuenta en las diferentes instituciones bancarias o a través de la banca en línea.
Con el fin de facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Servicio de Administración de Rentas (SAR), ha puesto a su disposición mecanismos virtuales a los que pueden acceder desde el sitio web institucional y también pueden realizar el pago en la banca en línea o en las diferentes agencias bancarias del país, destacó el Experto en Recaudación, Manuel Ortega.
Afirmó que estar al día con el cumplimiento de las cuotas de pagos a cuenta revela un cumplimiento efectivo por parte de los obligados tributarios, el que se constituye en un récord que siempre es importante mantener y privilegiar.
También explicó que “el hecho de estar al día con los pagos a cuenta le permite ser acreedor de una constancia de pagos a cuenta con la cual no serán objeto de retención alguna en la prestación de sus servicios ante terceros”.
Resaltó de igual manera que otro elemento importante es que el régimen de pagos le permite al contribuyente poder cumplir con el pago del impuesto sobre la renta y aportación solidaria de forma gradual “es decir en la medida en que se conforma su ingreso, en esa misma medida debe de ir haciendo efectivo el pago de esta obligación y no tener que incurrir en una erogación de un solo acto, al 30 de abril”.
Resaltó de igual manera que otro elemento importante es que el régimen de pagos le permite al contribuyente poder cumplir con el pago del impuesto sobre la renta y aportación solidaria de forma gradual “es decir en la medida en que se conforma su ingreso, en esa misma medida debe de ir haciendo efectivo el pago de esta obligación y no tener que incurrir en una erogación de un solo acto, al 30 de abril”.
Si hace ese pago de forma gradual, indicó que tendrán que pagar el remanente que resulte pendiente a esa fecha.
El funcionario enfatizó en la importancia de cumplir con esa obligación el 30 de septiembre en el plazo establecido, debido a que posterior al mismo, estarán incurriendo en pago de intereses moratorios. En cuanto a la meta de recaudación establecida para esta segunda cuota, Ortega informó que es de un estimado de alrededor de 4,200 millones de lempiras.RELACIONES PÚBLICAS