NOTA DE PRENSA SAR RRPP 035-2020
lunes, 28 de septiembre de 2020
En cumplimiento a medidas de alivio, las cuotas de pagos a cuenta se calculan sobre el 75% del impuesto causado en el período fiscal anterior
*Primer cuota debe cumplirse este miércoles 30 de septiembre
Ofreciendo facilidades de consulta desde la página del Servicio de Administración de Rentas (SAR), en oficina virtual, los obligados tributarios se aprestan a realizar el cumplimiento del pago de la primera cuota de pagos a cuenta, cuyo plazo vence este 30 de septiembre, con un cálculo del 75 por ciento sobre el impuesto causado en el período fiscal anterior, en cumplimiento del Decreto 79-2020, como parte de las medidas de alivio a los sectores productivos.
Manuel Ortega, experto del Departamento de Recaudación explicó que ese es el nuevo componente de los pagos a cuenta para el 2020, en lugar del cálculo sobre el 100%, se realiza sobre el 75%, con motivo de las condiciones asociadas a la pandemia del covid 19.
Por el mismo motivo recordó a la población que fueron modificadas las fechas para realizar los pagos a cuenta quedando de la siguiente manera: 30 de septiembre: primera cuota; 30 de noviembre: segunda cuota y 31 de enero del 2021: tercera cuota.
Con el fin de conocer el monto a pagar por parte de los contribuyentes, el SAR tiene disponible las 24 horas, la oficina virtual disponible en la página web institucional www.sar.gob.hn en la que se puede acceder a la cuota ingresando a la opción de obligaciones fiscales, “una vez que se ubican en ese apartado los va a llevar a tributos no vencidos y automáticamente van a poder visualizar cada una de sus cuotas de pagos a cuenta”, explicó Ortega.
Por su parte Ana Argueta, analista de Recaudación advirtió que el no cumplimiento del plazo establecido por la ley conlleva un interés del 3 por ciento, sumado a que el contribuyente no podrá imprimir sus constancias de pagos a cuenta y de solvencia fiscal.
FORMAS DE PAGO
Sobre las formas en que pueden realizar el pago, Argueta dio a conocer que hay dos modalidades: a través del portal bancario que es en línea o a través de la ventanilla del banco; en ese sentido recomendó que lo mejor es hacerlo a través de la banca en línea para mayor comodidad del contribuyente.
Detalló que si el pago de hace a través de la ventanilla del banco, el obligado tributario tiene que llevar Recibo Oficial de Pago (ROP) con sus datos consignados y presentarlo en la ventanilla del banco. El ROP puede generarlo e imprimirlo desde el sitio web del SAR consignado sus datos o desde el det live (aplicación descargable disponible en la página web del SAR).
Para consultas sobre las formas de pago y cómo conocer las cuotas los obligados tributarios tienen además las facilidades de comunicarse al contact center al 2216-58 00 o escribir al correo: asistencia@sar.gob.hn.
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