Las empresas que venden productos gravados como exentos debe aplicar lo establecido en las Normas Internacionales de Información Financieras (NIIF), en lo referente a no incluir impuestos recuperables como parte del costo de los activos asignados a empleados donde sus funciones están vinculadas a toda la actividad económica, y solo debe incluir como parte del costo de los activos el porcentaje que representan las ventas exentas, y el porcentaje de las ventas gravadas debe ser tratado como crédito fiscal con base a lo establecido en el artículo 12 de la Ley del Impuesto Sobre Ventas.